GUATEMALA 

BONILLA, MONTANO & TORIELLO
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ASOCIACIONES PUBLICO-PRIVADAS EN GUATEMALA: INICIATIVAS PARA SU REGULACION

 

El Gobierno de la República, por intermedio de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, ha abierto un diálogo público sobre la necesidad de legislar en Guatemala las Asociaciones Público-Privadas, con el propósito de incentivar la inversión, especialmente en obras de infraestructura.

A la fecha se han celebrado dos eventos, uno con la participación de funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México; y otro, con funcionarios del Ministerio de Obras Públicas de Chile. Dentro de pocas semanas visitarán el país, con el mismo propósito, expertos brasileños que también explicarán las lecciones aprendidas de las concesiones en ese país.

La idea fundamental que se tiene es impulsar fórmulas de participación público-privada que permitan potenciar los recursos de inversión destinados a actividades productivas, contribuyendo a acelerar el crecimiento de la economía y a hacer un mejor uso de los recursos públicos. Ese nuevo esquema de inversión, donde concurren los sectores público y privado, se ha denominado Asociaciones Público-Privadas, destinadas al desarrollo de grandes proyectos de infraestructura. A través de ese tipo de alianzas pretende reducirse el déficit en la obra pública y establecer una relación estrecha con el sector privado y la sociedad, ofreciendo servicios públicos con mayor eficiencia y calidad en el largo plazo.

Desde luego para diseñar e implementar un esquema de este tipo, las concesiones deben tener un soporte de racionalidad económica, social e institucional. Por ello tales proyectos deben estar soportados por las leyes existentes y, en su defecto, debe legislarse para su viabilización, para lo cual se propone crear un marco legal claro, capaz y suficientemente general para permitir la flexibilidad de los diferentes proyectos, promoviendo los incentivos necesarios para que los inversionistas y el sector público participen de manera eficiente. En los proyectos de Asociación Público-Privada, durante el período de construcción de la obra física no habría ningún desembolso por parte del Estado, lo que le permitiría destinar su presupuesto de inversión a las obras de educación, salud y vivienda que demandan las necesidades del país.

Cuando finalicen las presentaciones de los expertos internacionales deberá procederse a la elaboración del anteproyecto de ley que permita la creación de tales Asociaciones Público-Privadas, para cumplir con los fines que se han detallado en los párrafos anteriores. Se han definido desde ya como principios rectores que deben orientar el contenido de la posible ley: el bien común, la transparencia, certeza jurídica y no exclusividad. Se prevee que la ley debe regular lo relativo a competencias, es decir, los ámbitos o servicios en los cuales al Estado le es permitido participar en Asociaciones Público-Privadas para su desarrollo, creación de infraestructura o prestación de servicios; la definición de instituciones estatales que tendrán como función ejercer la rectoría del Estado sobre las alianzas; y los procedimientos, es decir la secuencia de pasos a seguir para definir las áreas de negociación, las contrapartes, las etapas del proceso -licitación, ejecución, control y sanción- y los resultados del mismo.

En los círculos locales en los ámbitos jurídico y comercial se ve con simpatía la posibilidad que se emita esa legislación, estimándose que sería un incentivo adicional para la inversión privada en nuestro país, sobre todo a las puertas de que entre en vigor el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos (DR-CAFTA).

El presente trabajo fue elaborado por Jorge Rolando Barrios y quienes deseen mayor información al respecto pueden comunicarse con él al correo electrónico jrbarrios@bonilla.com.gt  

 

Guatemala, Julio de 2005